BAJA EXPORTACIÓN

Tramitamos la gestión de la Baja Exportación Presencial de su Vehículo de una manera rápida y eficaz.

1. Llámenos

Con el fin de tramitar la Baja por Exportación de manera Presencial puede llamarnos para recibir el asesoramiento de nuestros expertos. Deberá indicarnos el país de destino del vehículo.

2. Firmar Documentación

Una vez buscado tu expediente podrás descargar y firmar los documentos necesarios para agilizar la gestión del proceso en Gestoría. De lo contrario, cuando vengas a nuestra oficina, te entregaremos los documentos para que firmes.

3. Asistir al Despacho

Puede presentarse en nuestras oficinas sin necesidad de pedir cita.

4. Retire Documentación

Una vez finalizado el trámite, tendrá la posibilidad de recoger la documentación definitiva en nuestras oficinas o solicitar su envío mediante correo certificado.

Información adicional

Realizamos bajas de vehículos con DGT de manera online, sin necesidad de pedir cita previa.

Para realizar la baja del vehículo, necesitaremos los siguientes documentos: 

  • Solicitud en impreso oficial, que se facilita tanto en los Centros Autorizados de Tratamiento de vehículos o desguaces (CAT) como también en las Jefaturas de Tráfico.
  • Personas físicas: documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más NIE – Número de Identificación de Extranjeros).
  • Personas jurídicas: Identificación fiscal  y  acreditación de la representación e identidad del que firme.
  • Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.
  • Permiso de circulación.
  • Tarjeta de ITV.

Además de la documentación anterior, en el caso de…

  • Baja definitiva por traslado a un país que no pertenezca a la Unión Europea: Presenta una declaración responsable en la que conste que el vehículo no es un residuo.

La baja es el trámite por el que el titular de un vehículo comunica al Registro de la Dirección General de Tráfico que lo retira de la circulación (temporal o definitivamente).

No podrás tramitar ningún tipo de baja, ya sea temporal o permanente, si el sello está registrado, primero debe ser cancelado.

Los requisitos para dar de baja un vehículo varían según el tipo de baja que pretenda realizar.

  • Baja definitiva del vehículo: A través de este trámite comunicarás al Registro de la DGT la baja de un vehículo, que se retira de la circulación definitivamente.
  • Baja definitiva por traslado del vehículo a otro país: A través de este trámite comunicarás al Registro de la DGT la baja de un vehículo por su traslado al extranjero, causando por tanto baja en dicho Registro definitivamente.
  • Baja temporal: A través de este trámite comunicarás al Registro de la DGT la baja de un vehículo, que lo retira de la circulación temporalmente. Los motivos para dar de baja temporalmente un vehículo pueden ser:
    • Motivos personales.
    • Por haber entregado el vehículo a un compraventa.
    • Por sustracción del vehículo

En las bajas definitivas por traslado a otro país, antes de solicitar la baja del vehículo deberás cancelar cualquier limitación de disposición que estuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la financiera.